CONTINÚA LA DISCRIMINACIÓN HACIA EL PROFESORADO DE RELIGIÓN

 

La Consejería de Educación continúa poniendo impedimentos para la ejecución de una sentencia del Tribunal Supremo que permite al profesorado de Religión acceder al desempeño de los cargos directivos en los centros públicos docentes

 

 

Cuando hace unos meses nuestro sindicato logró, a través de sus argumentaciones y su defensa a ultranza de la igualdad de derechos para el profesorado de Religión con el resto de los docentes, que el Tribunal Supremo desestimase el recurso de casación interpuesto por el Gobierno de Canarias, éramos conscientes de que este colectivo había dado un paso de gigante, un salto adelante casi definitivo, para su merecida y retrasada equiparación profesional.

 

 

Habían transcurrido demasiados años desde que ANPE CANARIAS, tanto en nuestra Comunidad Autónoma como en el resto del Estado, comenzó a plantear una reivindicación tan justa como razonable: si nuestros compañeros y compañeras que imparten la materia de Religión en colegios e institutos eran miembros de pleno derecho del claustro, según la legalidad vigente, ¿por qué ocultas razones no podían desempeñar ninguna responsabilidad directiva en esos mismos centros?

 

 

Las Administraciones Educativas, en un primer momento, se escudaron en su específica relación contractual con la empresa pública, dada su atípica designación por parte de los responsables de las diócesis y su condición de personal laboral; a continuación, con la excusa de las abundantes lagunas existentes en los convenios colectivos (que, lógicamente, no fueron previstos para acoger al personal docente de los centros públicos), denegaban una y otra vez sus cada vez más numerosas solicitudes.

 

 

Los representantes de la Administración argumentaban que, tanto para dar fe y emitir certificaciones oficiales sobre la documentación custodiada en su centro de destino (en el caso del Secretario), como para ejercer la jefatura del personal docente y administrativo del centro educativo o para ostentar su representación institucional (en el caso del Director), el marco normativo en vigor exigía la condición de funcionario público para el desempeño de las funciones específicas de ambos cargos directivos.

 

 

Una vez que el Tribunal Supremo ha terminado de un plumazo con todas las dudas, los temores infundados y los “falsos pudores” de las Administraciones Públicas para reconocer la obviedad de que quienes tienen los mismos deberes y obligaciones deben disfrutar de iguales derechos sin discriminación de ninguna clase, nuestra sorprendente Consejería de Educación hace una lectura restrictiva de la sentencia y comienza a rechazar las primeras propuestas recibidas para el ejercicio de cargos directivos.

 

 

A pesar de que las direcciones de algunos centros como el IES Adeje II, el IES San Hermenegildo (ambos en Tenerife), el IES Roque Amagro, el IES Lomo Apolinario o el CEIP Camino de la Madera (estos últimos en Gran Canaria), entre otros, han propuesto, conforme al procedimiento establecido por la Administración, a determinados profesores y profesoras de Religión para el desempeño de diversas responsabilidades directivas en sus centros de destino, la Consejería no hace otra cosa que poner dificultades a sus nombramientos.

 

 

Desde ANPE CANARIAS hacemos un llamamiento público al colectivo de profesores de Religión y a cuantos directores o directoras de centros deseen terminar con esta injustificada e inconstitucional discriminación, para que nos hagan llegar cuantos casos se produzcan, con el fin de denunciarlos públicamente.

 

 

Todos los compañeros y compañeras deben tenerlo muy claro: A partir de este curso escolar, los profesores de Religión podrán asumir cualquier cargo directivo (excepto el de Director, de momento) en colegios e institutos, así como ser Jefes de su Departamento, Coordinadores de Ciclo y Tutores de grupo, en igualdad de condiciones con el resto del personal docente de cualquier centro público educativo.

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