Acción Sindical
¿DE VERDAD SE QUIERE POTENCIAR LA FORMACIÓN PROFESIONAL?
La LOE establece que los estudiantes con el título de Técnico Superior de FP pueden acceder a la universidad sin prueba de acceso. El Artículo 38 de la LOE prevé dicha prueba (la PAU) exclusivamente para los estudiantes de Bachillerato, a fin de valorar los objetivos, madurez y conocimientos adquiridos en él, y versará sobre materias de 2º de Bachillerato.
Para presentarse a la PAU se exige estar en posesión del título de Bachiller. Cuando existe concurrencia competitiva para cursar determinados estudios, lo cual es bastante frecuente, el Real Decreto 1892/2008 establece el procedimiento para acceder a la universidad. En estos casos se acude a la llamada nota de admisión.
Muchos consideraron que esta regulación favorecía a los estudiantes de FP frente a los de Bachillerato porque tendrían mejor nota de admisión. Pues bien, el Ministerio de Educación parece haber cedido a estas presiones
Aunque la finalidad de la Formación Profesional Específica es formar profesionales para su incorporación al mundo del trabajo, los titulados en Formación Profesional Específica de Grado Superior pueden acceder directamente a estudios universitarios en función del ciclo formativo cursado.
Sin embargo, a partir del curso que viene, los estudiantes de Formación Profesional, Artes Plásticas y Diseño y Técnicos Deportivos Superiores que deseen acceder a los estudios universitarios de Grado, cuando exista concurrencia competitiva, deberán realizar la prueba específica de la PAU, aunque seguirán exentos de la prueba común pues les seguirá contando la nota de sus estudios y el examen será igual al que hacen los alumnos el Bachillerato.
Efectivamente, en el BOE de 17 de diciembre de 2010 se ha publicado la Orden EDU/3242/2010, de 9 de diciembre, por la que se determina el contenido de la fase específica de la prueba de acceso a la universidad que podrán realizar quienes estén en posesión de un título de técnico superior de formación profesional, de técnico superior de artes plásticas y diseño o de técnico deportivo superior y equivalentes.
El Ministerio de Educación, a pesar de que la Comisión Permanente del Consejo Escolar del Estado mayoritariamente se posicionó en contra del proyecto de Orden, por entender que su aprobación supondría un trato diferenciado y desfavorable para el alumnado con el título de Técnico Superior –solamente votaron a favor los representantes de la Administración Educativa–, ha considerado que la opción más equitativa y que permite una mayor eficiencia en el uso de los recursos públicos, es hacer coincidir el contenido de la prueba específica a la diseñada con carácter general para el resto de estudiantes que, procedentes del bachillerato, opten por realizar dicha fase específica.
Lo más sorprendente del caso es que esta modificación de la PAU se ha producido antes de la promulgación del Proyecto de Ley de Economía Sostenible, que se encuentra en su fase final de la tramitación parlamentaria. Proyecto que en su Artículo 90, dedicado a la movilidad entre FP de Grado Superior y enseñanzas universitarias, señala que los alumnos de grado superior podrán acceder directamente a estudios universitarios de grado.
¿Qué movilidad es ésta que exige a los estudiantes de FP examinarse de algo que no han cursado, o que dejaron de cursar al menos hace ya dos años?, ¿no hubiera sido más razonable que su fase específica tratara sobre asignaturas cursadas en el segundo año de los estudios de Grado Superior de FP, y no sobre un temario de segundo de bachillerato?
El ministro Gabilondo ha dicho reiteradamente que el año 2011 va a ser el año de la Formación Profesional, ¿cómo es posible potenciar la FP si se empieza a poner obstáculos para llegar a la universidada sus estudiantes? ANPE vuelve a manifestar su desacuerdo con la citada Orden por ser un sistema de acceso a la universidad injusto y porque supone una devaluación de los estudios de Educación Superior en España. Instamos al ministro de Educación a modificar la Orden EDU/3242/2010, de 9 de diciembre.
Javier Carrascal, secretario estatal de organización



