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Detalles: | Publicado: 05 Agosto 2012 | Visto: 5260

PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD: “LAS TIJERAS” NO PUEDEN PISOTEAR NUESTROS DERECHOS. MEDIDAS A TOMAR.

El Gobierno de Canarias está demostrando últimamente una preocupante falta de criterio, un excesivo nerviosismo a la hora de manejar “las tijeras de podar”, que cada vez desconcierta más al sufrido colectivo de sus empleados públicos y, entre ellos, al personal docente no universitario.

A finales del pasado mes de julio, el Director General de la Función Pública lanzaba a los medios de comunicación una nota informativa para “aclarar” las dudas suscitadas en relación con la aplicación del Real Decreto-ley 20/2012 sobre nuestra escuálida media-paga extra de Navidad, en la que anunciaba una minoración prorrateada en las nóminas de agosto a diciembre del último “recorte” ideado por las Administraciones.

 

Sin embargo, hace un par de días, el Gobierno “donde dijo digo dice Diego” y, escudándose en unos centenares (¿?) de escritos recibidos con amargas quejas sobre su intención de aplicar mensualmente el “recorte”, se arrepiente de su primera decisión y comunica que lo “cargará” en su totalidad sobre la paga extra de Navidad.

 

Independientemente de lo poco favorecida que queda en esta foto la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, que debe haber perdido el sentido del ridículo, parece a simple vista un porcentaje muy pequeño de reclamaciones (no alcanzan el 2% de los más de 60.000 empleados públicos canarios) como para dar un volantazo de tal calibre, sobre todo después de haberse pronunciado ya oficialmente el Gobierno.

 

Pero lo importante, a juicio de ANPE CANARIAS, no es cuanto hemos relatado hasta aquí, sino una cuestión de fondo que, extrañamente, parece haber pasado desapercibida tanto para las Administraciones como para el resto de las fuerzas sindicales.

 

Si el famoso Real Decreto-ley 20/2012 (publicado en el BOE del 14 de julio) entró en vigor el día 15 de julio de 2012 y, como es bien sabido, el derecho a percibir la paga extra de Navidad se consolida a lo largo del período 1 de junio – 30 de noviembre de cada ejercicio económico, el principio de irretroactividad jurídica impide extender los efectos de la citada norma con anterioridad a su fecha de entrada en vigor.

 

Por consiguiente, todos los empleados públicos tenemos el derecho a cobrar, como mínimo, el 25% del total de las retribuciones previstas para esa paga extraordinaria en la correspondiente Ley de Presupuestos para 2012.

 

En este sentido, ANPE CANARIAS enviará a la Dirección General de Personal en los próximos días un escrito en el que argumente las razones por las que consideramos que todo el profesorado no universitario debe percibir, junto con su nómina de diciembre, al menos la cuarta parte del importe total de su correspondiente paga extra de Navidad.

 

A la vista de la respuesta que obtengamos de la Administración Educativa, emprenderemos las acciones legales oportunas para defender, hasta el final, ante los tribunales de justicia los legítimos intereses laborales de nuestros afiliados y afiliadas.

 

Mantendremos puntualmente informado al profesorado de Canarias sobre la evolución de este asunto en los próximos meses.

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